Ha causado gran despliegue mediático la noticia de una sentencia italiana de principios de este mes. Efectivamente, la Alta Cote italiana ha decidido en casación un caso de P2P absolviendo a los demandados de cargos penales por poner a disposición a través de internet material protegido por derecho de autor a través de una plataforma P2P. La Corte consideró que mientras no haya ánimo de lucro no hay delito (argumentación similar se dió en un caso en España no hace mucho).

Llama la atención que mientras algunos medios hacen referencia directa al argumento “sin ánimo de lucro” en otros se titule la noticia “la piratería ya no es un crimen”.

Lo cierto es que sobre las consecuencias los detractores de este tipo de decisiones alegan que no hay mayor logro en la sentencia fundamentalmente por que el caso está juzgado bajo la legislación anterior a 2003, fecha de la reforma al derecho de autor Italiana considerada una de las más fuertes en Europa. También quienes se alegran con esta posición jurisprudencial han recogido esta afirmación pues recuerdan que el P2P sigue siendo ilegal. Los invito a leer este análisis en Punto Informático para tener una idea más aterrizada del fallo en el marco de la ley italiana y que nos ubique más allá de la noticia. Gracias JP.