Europa, desenredando el ovillo de las obras huérfanas
Las obras huérfanas son obras protegidas por el derecho de autor pero que es dificil o imposible contactar al titular de los derechos de autor y, en consecuencia la obra está bloqueada para su uso y constituye un problema recurrente y complicado para entidades como bibliotecas y archivos. El tema lo habíamos tocado brevemente en este blog con JP, quedó pendiente y sigue en la lista de pendientes.
Sin embargo, la noticia hoy es que en el marco del proyecto de Iniciativa de Bibliotecas Digitales europeas se ha conseguido un Acuerdo de Entendimiento entre las Instituciones Culturales y los “titulares del derecho” sobre tales obras.
De esta forma instituciones como la Biblioteca Nacional de Francia, la Biblioteca Británica, La Conferencia Europea de Bibliotecas Nacionales y otras asociaciones culturales junto con asociaciones que “representan” a los titulares de derechos de autor como la Alianza Europea de Compañías Cinematográficas, Asociación de Periódicos europeos, Federación Internacional de Asociaciones de Productores de Cine, Grupo Europeo de Sociedades de Autores y Compositores, y otros más.
El acuerdo plantea el problema. establece la importancia de permitir usos de ese material y acuerda mecanismos que las partes consideran suficientes para establecer cuando se está frente a una “obra huérfana” (relacionados con unas guías que provienen de unos reportes efectuados conjuntamente).
Suena como una iniciativa interesante y particularmente relevante el hecho de que asociaciones que representan “titulares” del derecho de autor pongan sobre la balanza la idea de “patrimonio cultural” por encima de la posibilidad de control legal, sin embargo, no deja de sorprender que algo de “sentido común” exija este tipo de reconocimientos que deberían venir de la ley que cubriera este vacío… Aún así es interesante el acuerdo por que de este lado del charco todavía estamos lejos de acercarnos a este tipo de iniciativas, nuestras políticas siguen amarradas al “control”.
2 comentarios »
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Junio 11th, 2008 @ 14:28
Hola K,
La preocupación por este tema, todavía parece ser mínima en Latinoamérica, de nuevo nos quedamos con lo que se discuta en el norte.
La sola denominación “orphan works”, que empieza a traducirse por obra huérfanas, puede ser algo inconveniente. Los problemas de las bibliotecas frente al derecho de autor, han revelado nueva categorías de obras, obras agotadas (out-of-print-works), obras abandonadas, obras huérfanas.
En Colombia, de manera incomprensible, se plantea una solución para las “obras huérfanas” siempre y cuando sean de autor extranjero. Se prevé un sistema de licencias obligatorias, para la reproducción y traducción de obras extranjeras, siempre y cuando se cumpla con unos requisitos, entre otros:
b) Que el solicitante ha comprobado que ha pedido la autorización del titular del derecho de reproducción y no lo ha obtenido, o bien que después de haber hecho las pertinentes diligencias, no pudo localizar al mencionado titular;
Este punto de las “pertinentes diligencias” es el que están tratando de resolver en el acuerdo que comunica la UE. ¿Es la mejor solución? Parece que no. En serios análisis que se han hecho del tema, el problema es más profundo, y aunque parezca herético, la solución en primer lugar debe buscarse en una transformación de los criterios de protección establecidos en el Convenio de Berna, en especial, la protección automática. Es decir, desde un punto de vista jurídico y económico, es necesario establecer el registro como una condición de protección. El tema tiene bastante tela para cortar, a quien este interesado, recomiendo el siguiente texto: “Orphan Works, Abandonware and the Missing Market for Copyrighted Goods” de Dennis W. K. Khong. Publicado en International Journal of Law and Information Technology. Oxford University Press. 2007.
Cordial saludo, JP.
Junio 12th, 2008 @ 6:34
Hola JP
Como siempre muy interesante tu intervención pues el tema se ve que lo haz trabajado. No puedo sino estar de acuerdo con la forma como explicas el tema y el llamado a que solo mediante un concienzudo análisis y modificación legal este puede tener solución.
Tu reflexión final coincide con las críticas que Lessig ha hecho en ese sentido en lo que el llama el cambio del sistema de copyright de “opt in” por un “opt out”, que es el que hace que la convención de Berna logra con su “protección automática” y que recuerda en el enlace que me pasaste el otro día y que vale la pena poner al alcance de quien lo quiera leer http://www.nytimes.com/2008/05/20/opinion/20lessig.html?_r=2&oref=slogin&oref=slogin
Efectivamente el tema tiene mucho para discutir aun y habrá que seguirle la pista.
Gracias!!
carolina