Archive for the 'General' Category

Published by carobotero on 24 Jun 2009

Charla en Cali – Perspectivas juridicas en Internet, el derecho de autor en la Universidad

El viernes 26 estaré en Cali y me han invitado a dar una charla en
la Universidad del Valle: Perspectivas jurídicas en Internet y el derecho de autor para la difusión de contenidos en internet.

Viernes 26 de Junio de 2009
10am – 12
Ciudad Universitaria Meléndez
Auditorio Edificio 317 (Antiguo CREE)
Universidad del Valle (Cali – Colombia)

El derecho de autor ha dejado de ser un tema de conversación exclusivo de
los abogados y se ha convertido en un tema de debate en la sociedad en la
que los educadores tienen mucho que decir a partir de su actividad y
de sus proyectos. En el eje de discusión sobre la difusión
de información y contenidos relacionados con el sector educativo de
los últimos años está la problemática del acceso al conocimiento: ¿acceso abierto o cerrado?. Igualmente relevante es, últimamente, la búsqueda de estándares que los desarrollen. De esta forma
la idea de acceso libre o abierto ha adquirido importantes dimensiones en
pocos años y dejó de ser la respuesta a una situación concreta dentro de la
publicación y acceso de artículos científicos para convertirse en un ideal
que atraviesa diversas problemáticas y retos del sector hoy.

La conferencia cubrirá la visión del movimiento acceso abierto, de sus
relaciones con la propiedad intelectual y de las licencias Creative Commons
para contenidos abiertos. Los espero!

Published by carobotero on 07 Jun 2009

Un hecho, El Partido Pirata rumbo al Parlamento

Se están contando los votos pero Torrent Freakya anuncia que ha garantizado una de las sillas y lucha la segunda. Algunos datos: En Suecia los cupos para el partido son 18 (dicen que 20 pero que mientras no pase el Tratado de Lisboa solo 18 tienen derecho de voto). Esto significa que el Partido Pirata le ha ganado a partidos tradicionales establecidos. Se calcula que un aproximado de 200.000 suecos votaron por este partido comparado con los casi 35.000 votos de 2006. En Alemania el Partido Pirata también partició en las elecciones, obtuvo un 1% que no alcanza para una silla en el Parlamento pero que parece satisfactorio para la primera vez.

Me sigue pareciendo que esta lucha en lo político está tomando dimensiones que pondran a prueba muchos paradigmas, no es simplemente la locura de unos cuantos, se trata de una generación que está retando una forma asentada de ver el mundo. Torrent Freak indica que Falkvinge (uno de los líderes del partido) dijo. “Esto se siente fabuloso. Los ciudadanos han entendido es hora de hacer la diferencia. Los viejos políticos han dejado de lado el estilo de vida de los jóvenes, pedazo a pedazo. No aceptamos la vigilancia masiva de las autoridades,”

Actualización: Sitio de conteo oficial y Google news

Published by carobotero on 14 May 2009

Videos que explican Creative Commons

Cada día hay más en Internet, este lo encontré vía las presentaciones de Jessica Coates… lo interesante sería empezar a ponerlos en español… ¿alguien se le mide?

Published by carobotero on 21 Apr 2009

Google Books y el acuerdo con las editoriales

Sigo pensando en el tema de Google Books y del acuerdo que alcanzaron con las editoriales, sigo sin poder manifestar mi alegria (me alegra por los autores, pero sigo creyendo que no es del todo bueno…), he empezado a leer “Legally Speaking: The Dead Souls of the Google Booksearch Settlement” y creo que mi problema con el acuerdo es similar al que ya mencionaba en relación con las “licencias globales” (lo menciona Samuelson y lo desarrolla entorno a las obras huérfanas)

“Personalmente lo que veo es que este tipo de medidas suenan con alguna lógica pero tienen al menos un gran problema de implementación: ¿cómo se benefician TODOS los creadores de contenidos que circularían en Internet?, ¿cómo llegarían los recursos a ellos?, no todo el contenido que circula por Internet responde a las lógicas económicas que se intenta equilibrar con estas medidas y ni siquiera existen mecanismos de distribución de los recursos que se generen que garanticen que éstos se distribuyan entre TODOS los que si forman parte de tales lógicas económicas. El gran problema es que sigue siendo una aproximación en la que se acoge un modelo unitario y no consideran la diversidad de aproximaciones en la creación, circulación y reutilización de elementos culturales y por tanto asume que TODO lo que circula en la red está y quiere estar protegido y por tanto responde a la lógica de remuneración y esto no es cierto, no solo se descarga música gratis que de otra forma habría que pagar cada vez más hay gente descargando música en esquemas legales, mucho del contenido que circula no responde a lógicas de remuneración como documentos oficiales que en todo caso nunca se cobran (leyes por ejemplo), mucho de lo que circula es contenido que producen y circulan los propios usuarios (fotos personales dentro de redes sociales, por ejemplo), etc, si se cobra por todo, ¿se paga por todo y se distribuye entre todos?, ¿si solo uso Internet para descargar cosas que no son ilegales ¿debo pagar?. Una reflexión de este tipo aún no es masiva y esa creo que debería ser la posición crítica de un análisis serio por parte de la sociedad civil hacia este tipo de aproximaciones por convenientes que parezcan.”

Por supuesto Pamela Samuelson lo dice mucho mejor pues explica el contexto jurídico y su preocupación en torno a la creación de un monopolio con el acuerdo. Creo que hay que leer ese artículo

Published by carobotero on 24 Mar 2009

Conozcan a “Traficantes de Sueños” y asistan mañana al conversatorio

Si vas a estar cerca de la Universidad Nacional en Bogotá mañana 25 no lo pienses dos veces acompáñanos!!, si no puedes estara por estos lados usa la conexión a Internet (1 y 2) y aún así únete a nosotros!!

Traficantes de sueños ha sido un proyecto emblemático por años, ha crecido para convertirse no sólo en un proyecto Copyleft intersante sino quizá la más importante editorial en español de su género.

Traficantes de sueños surge en los 90´s enMadrid como respuesta a la necesidad de un movimiento autónomo que recogiera los colectivos de barrio, por la necesidad de un espacio para capacitación y difusión de las discusiones. Se convirtió en el punto de encuentro e intercambio en torno al libro. Desde el principio surgió la librería asociativa y comenzaron a publicar textos de colectivos y grupos afines. En 2003 la auto gestionada editorial Traficantes de Sueños se consolidó como un proyecto que desarrolló una política editorial regular, discutiendo los movimientos sociales y usando licencias Creative Commons y Copyleft y convirtiéndose en punto de referencia de tales actividades en el mundo hispano parlante.

La auto descripción de este proyecto que aparece en sus publicaciones es la siguiente:

“Traficantes de Sueños no es una casa editorial, ni siquiera una editorial independiente que contempla la publicación de una colección variable de textos críticos. Es, por el contrario, un proyecto, en el sentido estricto de «apuesta», que se dirige a cartografiar las líneas constituyentes de otras formas de vida. La construcción teórica y práctica de la caja de herramientas que, con palabras propias, puede componer el ciclo de luchas de las próximas décadas. Sin complacencias con la arcaica sacralidad del libro, sin concesiones con el narcisismo literario, sin lealtad alguna a los usurpadores del saber, TdS adopta sin ambages la libertad de acceso al conocimiento. Queda, por tanto, permitida y abierta la reproducción total o parcial de los textos publicados, en cualquier formato imaginable, salvo por explícita voluntad del autor o de la autora y sólo en el caso de las ediciones con ánimo de lucro”.
Omnia sunt communia!

El Centro Editorial de la Facultad de Ciencias Humanas de la Universidad Nacional de Bogotá y la Fundación Karisma se unen para aprovechar la presencia de Blas Garzón en Bogotá y organizaron una sesión de diálogo con él.

Blas ha estado vinculado al proyecto desde el principio y es el invitado principal para la conversación de mañana. Carolina Botero (co-lider de Creative Commons en Colombia y miembro de Karisma) y Maritza Sánchez (directora de Altair, laboratorio de comunicación social de la Universidad de Antioquia) arrancarán la conversación y moderarán el diálogo que esperamos nos ayuden a entender este importante proyecto de librería asociativa, editorial y estrategia de distribución de redes alternativa donde los trabajos pueden ser libremente descargados, traducidos y compartidos.

Tanto el Centro Editorial de la Facultad de Ciencias Humanas como Altair han hecho cada uno su apuesta por la libre cultura y han dado los primeros pasos para aprovechar sus ventajas en sus propios entornos. La Fundación Karisma está comprometida con el análisis de nuevas opciones para facilitar el acceso al conocimiento.

Recuerden los datos de la invitación

Actualización; los podcasts del evento quedaron en
Gathacol
altair (lo publico cuando se monte el podcast)
ustream desde facebook

Published by carobotero on 24 Feb 2009

Copyright/Copyleft las tesis de grado en las universidades

En este artículo de Ian Elwood “Copyright and Copyleft in publications, Creative Commons an alternative to traditional Copyright, Promotes Wider Access to Knowledge” se comenta la justificación para decidir licenciar una tesis de grado con Creative Commons. Me llama la atención que la situación se ilustra con dos ejemplos de estudiantes de UCal en Berkeley, bien, en Colombia ya hay universidades que incluso facilitan esto (como lo contó Arley Soto en Acceso 2.0 respecto de UN) y cada día más la gente hace uso de la herramienta, sin embargo ¿lo conocemos menos?…

Published by carobotero on 23 Feb 2009

Congreso “Recreaula”, renovando las prácticas del aula

Maritza Sánchez de Altair me contó de este Congreso que está apoyando el MEN y que se hace en el marco de Colombia Aprende, se ve genial!! y todavía se pueden inscribir.

Published by carobotero on 13 Feb 2009

CEDUCAR, apoya CC y Software Libre

Renata Avila (Lider CC de Guatemala) me envía el enlace a este video en el que CEDUCAR (portal de la comunidad educativa de Centro América y República Dominicana que conocí el año pasado en Guatemala) explica su labor y en el minuto 3 da un apoyo frontal a Creative Commons y al Software Libre. Gran trabajo Renata!! y bueno lo siento como un triunfo un poco mío también pues Jessica Coates, Carolina Rossina, Renata y yo ayudamos un poquito a empujar esto en la reunión en Guatemala el año pasado!!

ACTUALIZACION: Pero, lo realmente interesante es que esa decisión se explica acá

Published by carobotero on 22 Nov 2008

Explicación de las licencias Creative Commons

Desde hace un tiempo estoy necesitando un texto que pueda dar una explicación más detallada de qué se tratan las licencias Creative Commons, he pensado que podría ser útil hacer un texto en el que esto se explique, pero luego decidí que no tenía que partir de cero y lo que hice fue tomar una parte sobre licencias Creative Commons de la obra “Guía sobre gestión de derechos de autor y acceso abierto en bibliotecas, servicios de documentación y archivos“, escrita por Ignasi Labastida y César Iglesias Rebollo. (el documento original se encuentra licenciado con una licencia ReconocimientoNoComercialCompartirIgual 2.5 de España y en consecuencia esta pieza de la obra se encuentra licenciada en los mismos términos).

Las licencias Creative Commons, con algunos apuntes desde Colombia

Actualmente Creative Commons se ha convertido en un estándar de facto en Internet. Cada vez hay más objetos en la red que llevan consigo una licencia de Creative Commons, de hecho, según los datos presentados en el icommons isummit de 2007 hay más de 40 millones de objetos etiquetados con alguna licencia de Creative Commons en la red.

Pero Creative Commons es mucho más que el sistema de licencias que se inició en el 2002, hay otros proyectos como por ejemplo Science Commons que promueve la difusión abierta del conocimiento científico o el recientemente creado CCLearn que busca impulsar modelos abiertos dentro del sistema educativo.

1. Orígenes de Creative Commons

En 1998 el Congreso de los EEUU aprobó la extensión de la duración de los derechos de autor. En respuesta a esta reforma, el editor Eric Eldred quiso iniciar una batalla legal defendiendo los derechos constitucionales. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo y fue defendido por un abogado, profesor de derecho de la Universidad de Stanford, llamado Lawrence Lessig. Finalmente Eldred perdió el caso pero decidió junto con Lessig aprovechar los esfuerzos invertidos en él para crear un proyecto al que llamaron Creative Commons. El proyecto buscaba utilizar la ley en una forma más flexible, con el fin de devolver el equilibrio entre autor y usuario dado que ya no se podía cambiar la ley.

2. Las licencias de Creative Commons

El 16 de diciembre de 2002 se inicia el primer y más conocido proyecto de Creative Commons: las licencias. Se trata de un conjunto de textos legales que sirven para que un autor pueda autorizar algunos derechos sobre su creación en unas condiciones determinadas reservándose el resto de los derechos, de ahí se deriva el lema: “Algunos derechos reservados” (Some rights reserved), en contraposición al clásico y tradicional “Todos los derechos reservados” (All rights reserved).

De hecho cuando se habla de Creative Commons se confunde la organización con este único proyecto, el de las licencias, e incluso a veces se habla de una licencia Creative Commons sin especificar a cual de ellas se hace referencia. Es por eso que es necesario darle el verdadero alcance a las licencias e indicar que este documento se ocupa efectivamente de este proyecto de las licencias y pretende explicar las diferencias que tienen entre sí.

El proyecto de las licencias consiste en seis textos estándar que se han desarrollado en el marco de Creative Commons. Se trata de seis licencias que son las más conocidas y las más utilizadas, aunque en el web de la organización también aparecen otras que comentaremos brevemente.

Para la adopción de estas licencias estándar, que son a las que se accede directamente desde la web de Creative Commons, el creador sólo tiene que responder a dos preguntas: (a) si quiere permitir un uso comercial de la obra y (b) si permite la generación de obras derivadas. Además puede escoger la jurisdicción más adecuada, como veremos más adelante, y, si lo desea, completar un formulario de datos sobre la obra.

Es importante aclarar que la negativa a un uso comercial no excluye que el autor comercialice su obra de la manera que crea más conveniente, aquí lo que está autorizando, o no, es el derecho a que otra persona haga este uso libremente (sin exigir la autorización expresa para este uso). Si el autor permite la generación de obras derivadas puede imponer que dichas obras estén sujetas a una licencia del mismo tipo. De la combinación de respuestas a estas dos preguntas se obtienen las seis licencias estándar actuales.

También es necesario resaltar que todas estas licencias permiten la copia o reproducción, la distribución y la comunicación pública de una obra en el marco de los usos no comerciales, y todas estas licencias exigen que se reconozca al autor y se mantenga el aviso de la licencia que la acompaña. Son unas licencias no exclusivas y de ámbito mundial que no afectan los derechos morales (aquellos derechos de los autores que no se pueden ceder en determinadas jurisdicciones, en general todas aquellas que están inscritas en el sistema jurídico de derecho civil y que quedaron explicados en 1.1.4.1. del primer documento sobre Régimen de Derecho de Autor). La posibilidad de utilizar la obra con fines comerciales o de poder crear obras derivadas y difundir estas obras de una manera determinada dependerá del tipo de licencia escogida.

Adicionalmente hay que tener en cuenta que el uso de las licencias es completamente gratuito y que no hay que registrar la obra en ningún repositorio específico de Creative Commons. Las licencias tienen tres formas para aproximarse a ellas: el resumen (commons deed), el texto legal (legalcode) y el código o metadatos (digital-code). En el resumen se puede encontrar una explicación breve y concisa de lo que se puede hacer y como se debe hacer respecto de la obra sujeta a la licencia. El texto legal es la licencia propiamente dicha y finalmente el código sirve para incrustarlo en cualquier página web donde se ofrezca la obra, siempre que esté en línea. Esta última lectura de las licencias está pensada para materiales digitales pero el uso de las licencias no excluye otro tipo de soportes como por ejemplo formatos más tradicionales como el papel. Gracias a esta tercera lectura, se han creado herramientas específicas para indicar que los contenidos de un web están bajo una de estas licencias, como el plugin MozCC (atención, no sirve en Firefox 3), o se han creado secciones específicas en algunos buscadores como Yahoo o Google.

Respecto a la utilización de estas licencias para software, en ningún apartado de las licencias se especifica ninguna condición sobre el código fuente de la obra. Por esta razón desde la misma página de Creative Commons se aconseja utilizar otros tipos de licencia creados específicamente para este tipo de obras, como por ejemplo las de la Free Software Foundation (FSF) o las de Open Source Initiative (OSI). De hecho desde la sección de las licencias se puede acceder a unos resúmenes de las licencias de la FSF, con el mismo aspecto que los resúmenes de Creative Commons. No obstante, el enlace al texto legal es a la licencia oficial de la FSF.

3. Tipos de licencias

Tal como hemos explicado, existen seis licencias estándar que permiten la reproducción, distribución y comunicación de las obras siempre que se cumplan las condiciones establecidas por el titular de los derechos. Actualmente, todas las licencias requieren el reconocimiento del autor original de la obra y de aquellas partes que el autor o licenciante designe. Las restricciones que se aplican en la copia, modificación, distribución y comunicación pública vienen determinadas por el tipo de licencia escogida (en el caso colombiano puede consultarlas acá):

• Reconocimiento (by): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la generación y distribución de la cuales está permitida sin ninguna restricción.
• Reconocimiento-NoComercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco puede utilizarse la obra original con fines comerciales.
• Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales debe hacerse mediante una licencia igual que la sujeta a la obra original.
• Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.
• Reconocimiento-CompartirIgual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales debe hacerse mediante una licencia igual que la sujeta a la obra original.
• Reconocimiento-SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.

Como se indica en los resúmenes de las licencias, alguna de estas restricciones puede ser revocada si se obtiene la autorización expresa del titular de los derechos. Es decir que si alguien quiere hacer un uso comercial de una obra, llegando a un acuerdo con el licenciador se podrá obtener este derecho de explotación específico.

Además de estas licencias estándar, desde la página web de Creative Commons se puede acceder a otros tipos de licencias:

Public Domain. Esta licencia es una cesión al Dominio Público, basada en la jurisdicción de EEUU como se indica al principio. Con esta licencia es posible renunciar a los derechos sobre una obra y que esta pase al Dominio Público antes de que se acabe la protección.
Sampling: De hecho se trata de tres licencias diferentes pensadas para todos aquellos materiales susceptibles de ser mezclados o sampleados, música, vídeo, imagen, etc.
Founder’s Copyright. Una licencia basada en la primera licencia sobre copyright de los EEUU, de 1790, en la cual la extensión de los derechos sobre una obra era de
14 años prorrogable a otros 14.
• Share Music: Esta licencia es la equivalente a Reconocimiento, NoComercial, Sin Obras Derivadas

El proyecto de las licencias no es un proyecto acabado, de hecho durante el primer semestre de 2007 se lanzó la versión 3.0 de las licencias y se siguen analizando nuevas modificaciones para introducir aquellas necesidades que reclaman los creadores (como los nuevos proyectos CC0 o CC+). El objetivo final del proyecto es facilitar a los autores una herramienta para poder decidir en que condiciones quieren difundir sus creaciones.

4. Aplicaciones prácticas de las licencias CC

Las licencias se pueden aplicar a todo tipo de contenidos e incluso a contenidos no digitales cuyo autor no quiera reservarse todos los derechos. En este caso debe indicarse claramente el tipo de licencia utilizado e indicar donde se puede obtener el texto completo. Hay autores que reproducen dicho texto o incluyen una copia del resumen donde se especifican las condiciones que se aplican en la reproducción, distribución, comunicación y transformación.

Se pueden poner muchos ejemplos de aplicaciones, pero el principal usuario de las licencias actualmente es el autor de un blog o de una web, o el usuario de http://www.flickr.com/creativecommons/ (un depósito de fotografías de acceso libre con un apartado específico para material con este tipo de licencias) o de http://www.jamendo.com/en/creativecommons/ (un sitio en donde se puede descargar música legalmente por que toda está licenciada con Creative Commons y por lo tanto su titular esta dispuesto a compartir).

Pero también encontramos otros ejemplos en el ámbito científico y académico colombiano. El caso del Sistema de Información sobre la Biodiversidad en Colombia que en sus propias palabras: “es una iniciativa de carácter nacional, encaminada a satisfacer las necesidades de información del país en cuanto a la conservación y el uso sostenible de sus recursos biológicos”. En esta labor uno de los elementos que aborda es el de contenidos, el SIB “promueve la generación y disponibilidad de datos e información interoperables, coherentes y pertinentes a los diferentes fines definidos para el Sistema” y para estos efectos utiliza la licencia ReconocimientoNoComercialCompartirIgual. El SIB aparentemente es hasta ahora la primera iniciativa en su tipo en el mundo y representa una decisión muy interesante de la que aun están por verse los resultados.

En las Universidades hay una creciente preocupación por la difusión de sus materiales y aunque hay iniciativas de diferente tipo quizá la más interesante sea la del repositorio institucional de la Universidad Pontificia Bolivariana en Medellín que utiliza la licencia ReconocimientoNoComercialCompartirIgual versión 2.5 de Colombia para sus objetos informativos y de aprendizaje.

En el ámbito editorial el proyecto digital eltiempo.com adoptó las licencias para su espacio de periodismo ciudadano permitiendo a los bloggers, videobloggers, fotobloggers licenciar con cualquiera de las seis licencias los contenidos que se publican en esta sección. Otro caso es el de la revista Essentia Libre que surge en el mundo del Software Libre colombiano y que también usa una licencia de Creative Commons ReconocimientoCompartirIgual2.5 de Colombia. Finalmente, el libro “Palabras desde el Silencio” que fue publicado en Cali producto de un concurso de cuentos realizado en el marco del Plan Nacional de Lectura y Bibliotecas para impulsar y visibilizar el uso del castellano en niños y jóvenes colombianos sordos que tienen como lengua materna el lenguaje de señas es otro ejemplo sustancial pues se trata de un libro financiado con dineros públicos que fue licenciado con la licencia Creative Commons AtribuciónNoComercialCompartirIgual.

En el espacio cultural ya son varios los músicos que han decidido dar espacio a las licencias, los casos de Paito, Colombita o Calambuco son solo ejemplos de una aproximación de este tipo. Un proyecto que es de mis favoritos y que ha hecho también el giro a cultura libre es el de Altair, el laboratorio de comunicación social de la Universidad de Antioquia.

Lo importante y necesario para poder utilizarla es ser el titular de los derechos para poder decidir como autorizarlos. Si se es el autor pero los derechos han sido cedidos con exclusividad no se podrá utilizar una licencia porque el titular ya no será el propio autor.

2.5. La internacionalización de Creative Commons

Cuando se inició el proyecto de las licencias, Creative Commons basó sus textos en la legislación que les era más próxima, la de los EEUU. Sin embargo, en poco tiempo se interesaron por el proyecto diversas instituciones de todo el mundo, que querían esas licencias para sus propias iniciativas. De esta forma nació el proyecto de internacionalización con el objetivo de adaptar los textos legales a las legislaciones de otros países. En esencia hay que mantener la misma filosofía de la licencia original pero modificando, añadiendo o suprimiendo aquellas partes que sean necesarias para que los textos sean válidos en esa jurisdicción.

El proceso de adaptación es abierto y se coordina por los líderes locales y la institución afiliada a Creative Commons en aquella jurisdicción. A partir de un primer borrador de una de las licencias se abre una discusión pública con el objetivo de consensuar un texto definitivo. Al final del proceso se tienen todos los textos posibles adaptados y traducidos a los idiomas de la jurisdicción. Las primeras instituciones que participaron en el proyecto fueron de Japón, Brasil y Finlandia.

El proyecto de Creative Commons en Colombia surgió en el 2004 cuando tres profesionales (incluida yo) desde diferentes áreas se interesan por trasladar el proyecto a este país y con el apoyo de la Universidad del Rosario se inicia el proceso de internacionalización, que finalmente llevó al lanzamiento de los seis textos de las licencias colombianas en agosto de 2006 y se une un cuarto integrante al grupo, pero su verdadera fortaleza está en la gente que esta adoptando y usando las licencias.

Published by carobotero on 05 Oct 2008

GUATEMALA- III Encuentro de TIC´s aplicadas a la educación

En el marco del Programa de Mejora de la Calidad Educativa, que ejecutan la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) y la Coordinación Educativa y Cultural Centroamericana (CECC), se realizará del 06 al 10 de octubre de 2008 (en el Centro de Formación de la AECID en Antigua, Guatemala), el III Encuentro de TIC´s aplicadas a la educación, destinado especialmente a los Representantes Nacionales de la Red de la Comunidad Centroamericana y República Dominicana (CEDUCAR).

Para hablar de Recursos Educativos Abiertos (Open Educational Resources -OER) y Creative Commons, hemos sido invitadas Jessica Coates, Carolina Rossini y yo. Mi participación en concreto será la siguiente:

Los Recursos Educativos Abiertos apoyo ideal para proyectos educativos en Latinoamérica.

En general las políticas públicas y legislaciones de los países latinoamericanos consideran la educación no solo como un derecho fundamental, también como un sector prioritario del que depende el desarrollo social y económico de su gente. Pero además, cada día se le exige con mayor énfasis que sirva para desarrollar y aprovechar en los niños y jóvenes nuevas destrezas y habilidades que les permita resolver problemas con el fin de encontrar, evaluar y seleccionar la información que tienen a su disposición, capacidades que se desarrollan en entornos en donde el trabajo en equipo, el aprendizaje autónomo e independiente y la posibilidad de comunicarse con otros está mediada por el uso de computadores y redes informáticas.

Hablaremos de proyectos como CEDUCAR que se desarrollan en la región con el fin de apoyar este tipo de procesos donde se integran las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y las características propias de la Web 2.0, con resultados sorprendentes y prometedores para el proceso enseñanza-aprendizaje.

Reflexionaremos como, si en Latinoamérica se empezara a pensar en estos procesos y proyectos como “abiertos”, se podrían aprovechar mejor las características propias de la tecnología, recursos y redes abiertas e intercomunicadas, acordes con la nueva sociedad del conocimiento en la que los Recursos Educativos Abiertos –REA (del inglés Open Educational Resources-OER) aportarían mayores beneficios.

NOTA: REA es cualquier material o recurso educativo que se ofrece en forma gratuita y libre de barreras económicas, legales o técnicas para ser usado, modificado, difundido y combinado.

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