Archive for the 'Licencias copyleft' Category

Published by carobotero on 16 Apr 2010

Flisol el 24 de abril de 2010

Reproduzco el comunicado de prensa:

El 24 de Abril de 2010 entre las 9am y 7pm en torno a conferencias, talleres, exposiciones, demostraciones y la gran jornada de instalación de software libre, El Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte en la ciudad de Bogotá se unirá a más de 200 ciudades en toda latinoamérica para hacer de este evento una gran festival de tecnología y cultura.

Este sexto año, tu también puedes escribir tu historia en el evento, participa, la entrada es totalmente libre.

Lugar: Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte – Calle 63 No 47 – 06
Horario: 9am – 7pm

Para informarte más sobre el evento puedes hacerlo en http://bogota.flisol.info

Recuerden que Karisma estará presente con un taller que dictará Maritza Sánchez con el apoyo de Carolina Soto: Licencias Creative Commons, el sábado 24 de abril de 2 a 4pm. Prepárense para jugar y aprender!

Published by carobotero on 23 Sep 2009

La GPL sale victoriosa en Corte Francesa

Encuentro esta noticia de la FSF francesa desde la entrada de Open… y seguro que ya estara por todos lados.

Se trata de una decisión trascendental que la FSF define como “que sienta precedente legal”, pues la Corte de Apelaciones de París decidió tan solo la semana pasada que la empresa Edu4 violaba los términos de la licencia GNU General Public License (GPL) cuando distribuye copias binarias del software VNP de acceso remoto al escritorio y niega a los usuarios acceso al correspondiente código fuente. La demanda fue interpuesta por la Association pour la Formation Professionnelle des Adultes (AFPA), una organización educativa francesa.

La FSF resume los hechos que traduzco: En 2000 Edu4 es contratada por AFPA para proveerle de equipos de computador a sus salones de clase. Poco después AFPA descubre que los computadores vienen con VNC. A pesar de diversas solicitudes efectuadas por FSF en Francia Edu4 se niega a proveer a AFPA con esa versión del código fuente de VNC. FSF incluso identifica que la noticia de derecho de autor y la licencia han sido retiradas del software. Todo esto constituye violación a la licencia GNU GPL y AFPA inicia la demanda en el 2002 para proteger sus derechos.

Como lo dice la propia FSF francesa esta decisión es importante por que la demanda no la hace el titular del derecho de autor sino el usuario y la corte reconoce que este tiene derechos por virtud de la licencia que el autor ha concedido y que son validos ante el juez. Que esto además lo diga un juez francés que tiene una mirada puesta desde el derecho de autor y no del copyright es el otro gran valor de esta sentencia y, esto es un increíble antecedente para otras licencias libres.

Published by carobotero on 22 May 2009

Wikimedia aprueba la migración de licencias

Traducción del blog de CC

… Hace un rato blogueamos sobre los resultados de la votación de la comunidad Wikipedia en agregar la licencia CC BY- SA. Más del 75 % de votos fueron a favor de aprobar este cambio, pero como ha indicado la Fundación Wikimedia, el Diputado Director Erik Moeller y la miembro de consejo Kat Walsh, este número subestima el nivel de apoyo al cambio pueto que el 14 % votaron “ninguna opinión”, mientras sólo el 10 % se opuso.

En todo caso estamos profundamente satisfechos de que una mayoría tan aplastante (el 88 % de aquellos que votaron opinando) aprobaron este en el que se viene trabajando desde hace varios años por la Fundación de Softwaer LIbre, la Fundación Wikimedia, y Creative Commons. CC está orgulloso de estar con estas reputadas organizaciones y cumplirá con la confianza depositada.

La adición de la licencia CC BY SA a los sitios Wikimedia debe ocurrir durante el próximo mes. Ahora es un tiempo bueno para comenzar a pensar en si sus trabajos y proyectos deberían interactuar con Wikipedia. Si usted usa (o cambie a) CC BY SA, el contenido puede fluir en ambas direcciones (su trabajo podría ser incorporado en Wikipedia, y usted puede incorporar el contenido de Wikipedia en su trabajo). Si usted usa CC BY o CC0, su trabajo podría ser incorporado en Wikipedia, pero no viceversa. Si su trabajo no está licenciado, o está bajo una licencia de CC con elemento no comercial o sin obras derivadas (NC o ND), nada puede fluir en ninguna dirección, excepto por el “fair use” o haciendo uso de una excepción o limitación del copyright.

Published by carobotero on 13 Aug 2008

Corte en EEUU: ¡Espaldarazo a las licencias libres!

Traducido del blog de Lessig:


“Gran e importante noticia: Licencias libres ratificadas

Para los que no son “geeks” del derecho esto puede no ser importante. Pero, créanme, es grande.

Estoy muy orgulloso de reportarles hoy que la Corte de Apelación para el Circuito Federal (LA corte para Propiedad Intelectual en los EEUU) ha ratificado una licencia libre del copyright (ok, la llaman “open source”- “código abierto”), explícitamente señalando el trabajo de Creative Commons y otros. (La licencia específica en cuestión fue la Artistic License). Esta es una importante victoria y yo estoy muy muy contento del papel central del Stanford Center for Internet and Society en su consecución. Felicidades especialmente a Chris Ridder y Anthony Falzone en este Centro.

En términos no-técnicos, la Corte sostuvo que las licencias libres, como las licencias CC, establecen condiciones (más que pactos) para el uso de trabajos sujetos al Copyrigth (derecho de autor). Cuando usted viola la condición, la licencia desaparece, lo que significa que usted es simplemente un infractor del copyright. Esta es la teoría de la GPL y de todas las licencias CC. Dicho en forma más precisa, sean o no contratos, son licencias del copyright que expiran si usted falla en el cumplimiento de sus términos.

Claridad y seguridad importantes dadas por una Corte de EEUU de gran relevancia.”

Si solo quieres ver el texto de la sentencia sigue este enlace

Actualización agosto 19/08. Una interesante explicación de la EFF

Actualización agosto 22/08. Esta entrada se ha utilizado para explicar que la sentencia tiene el alcance de justificar la posición de algunos abogados especialmente en España de que las licencias Creative Commons no son válidas en el sistema de derecho civil. Pido a todos que lean la traducción en su contexto, es LA TRADUCCION del texto que hizo Lessig para presentar la sentencia, en consecuencia su contexto es el “copyright” pero además exige una contextualización necesaria que él brevemente menciona; la sentencia no resuelve la gran discusión jurídica de si las licencias desarrolladas en el software, que migraron a otras obras protegidas, ¿son una licencia o un contrato?. Lo que la sentencia hace es validar la posibilidad que tienen los titulares del derecho de autor de imponer condiciones de uso respecto de los derechos que la ley les otorga y tales condiciones son válidas en las licencias que la sentencia llama “licencias públicas”. Precisamente dado que la sentencia no define la naturaleza jurídica de las licencias públicas se considera un éxito por los seguidores de las licencias libres puesto que la primera instancia de este pleito se había inclinado por “contrato” en contravía de lo que tradicionalmente han sostenido los diseñadores de las licencias desde los inicios del software libre. Teniendo en cuenta lo anterior la sentencia está lejos de definir la discusión sobre naturaleza jurídica que algunos quisieran utilizar para alegar la invalidez de las licencias libres en el derecho civil considerando que esa validez se soporta en que su naturaleza sea la de contratos. La sentencia en todo caso sirve para cualquier cosa, incluso para la contraparte de las licencias libres las licencias privativas. La EFF explica el temor de que la decisión sirva también para reforzar el poder de los titulares y Andrés Guadamuz comenta que Microsoft ya anunció su satisfacción por la decisión. En todo caso puestos a interpretar en mi opinión el texto también podria ser utilizado para respaldar la teoría (que también existe entre abogados de derecho civil) de que las licencias son un acto jurídico unilateral que impone condiciones válidas. Hay para todos!

Published by carobotero on 17 Jul 2008

UE: Ampliar plazo de Derecho de Autor / Ompi: fortalecimiento dominio público, software libre y licencias abiertas

Las discusiones en relación con Derecho de Autor en el ámbito internacional no dejan de moverse y lo hacen incluso entre extremos.

Unión Europea: la noticia de ayer fue la propuesta adoptada por la Comisión esta semana en la que se esta institución acoge la extensión del término de protección para intérpretes y fonogramas a 95 años (acá el comunicado de prensa) siguiendo la ruta que ya comente en Inglaterra. Los documentos explican los beneficios de esta decisión y menciona que el equilibrio corre por cuenta de la diferencia que se hace entre las producciones comerciales y las no comerciales, solo las primeras obtienen esta protección, las segundas no tendrían esta protección.

Aparentemente esta propuesta no sólo amplia el plazo de protección sino que además crea un nuevo derecho puesto que amparados en la idea de que muchos géneros musicales se soportan en creaciones colaborativas vincula la composición musical con la letra e indica que la protección se contará a partir de la muerte del último de los autores, a pesar de que hasta ahora estas obras se han considerado independientes una de otra.

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

Durante las sesiones de esta semana se pronunció la OMPI sobre algunos aspectos de las 45 recomendaciones efectuadas dentro de la Agenda para el Desarrollo y menciono especialmente las relacionadas con las recomendaciones 20 y 23 que precisamente fueron objetadas en su momento por el gobierno colombiano.

En relación con la recomendación 20, que propone el fortalecimiento del dominio público, en los blogs de KEI se menciona que se estableció:
1. elaborar un estudio sobre las malas prácticas en relación con la indebida apropiación a través de signos distintivos de elementos en el dominio público y formas para evitar tales prácticas.
2. iniciar actividades para promover la comprensión de problemas derivados del derecho de autor y conexos que se relacionan con la identificación de material en el dominio público (por ejemplo “obras huérfanas” de las que ya hemos hablado y otro ejemplo que mencionan y me llama la atención: el papel de los motores de búsqueda… interesante)
3. Si lo solicitan los países miembros se discutirán temas relacionados con la protección del dominio público, como definir lo que se entiende por “estado del arte” para evitar el cerramiento del dominio público (este problema está identificado en forma concreta en temas de Conocimiento Tradicional).
4. Crear herramientas prácticas para asegurar que el Conocimiento Tradicional y los Recursos Genéticos no sean objeto de concesión de patentes ilegítimas.

Ahora bien, respecto de las recomendación 23, que se relaciona con la promoción de formas de licenciamiento pro-competencia especialmente con el fin de apoyar la creatividad, innovación y la transferencia de la tecnología a los países interesados (especialmente los menos desarrollados). En esta recomendación se soporta la mención expresa para la promoción de nuevas formas de licenciamiento especialmente Software Libre y de Código Abierto y Creative Commons,

El Blog de KEI menciona sobre este tema en concreto lo que se dijo de esta manera: Se propuso continuar con las actividades para concientizar sobre las nuevas aproximaciones al licenciamiento en Derecho de Autor, por ejemplo Creative Commons y Software Libre en las que el objeto de protección por vía del derecho de autor se distribuye libremente o con muy pocas restricciones. En 2007, la OMPI inciió una serie de encuentros regionales sobre las tendencias, temas y perspectivas relacionadas con Propiedad Intelectual y Software que continuarán durante 2008.

Esta situación en general desmonta uno de los principales argumentos del gobierno colombiano, especialmente de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, para negarse a incluir o mencionar estas nuevas tendencias en sus documentos oficiales (como el proyecto de documento Conpes ya antes discutido)

Unas son de cal y otras son de arena…

Published by carobotero on 29 May 2008

BULGARIA, Licencia CC es reconocida en la corte

Después de las decisiones judiciales en España (varias, de hecho he blogueado por algunas 1 y 2) y Holanda, la noticia es hoy en Bulgaria en un caso cuyos hechos recuerdan el de Mariacesita en Cali, caso que no paso a estrados judiciales.

En este caso un periódico “24 horas” de Waz uso la foto que se encontraba en el blog de Elenko Elenkov (que estaba licenciada by-sa) sin dar los créditos ni incluir la información sobre la licencia. De acuerdo con el relato de Veni Markovsky en inglés, Elenko solicitó pago por el uso de la foto y el diario se negó a hacerlo si bien posteriormente publicó la foto con el crédito correspondiente. Aparentemente el periódico admitió la autoría de Elenko y la infracción al derecho de autor aceptando pagar una indemnización pero sin reconocer perjuicios morales que aun quedan pendiente para definirlos en noviembre.

En un programa televisivo se confrontaron las partes y quedó claro que Elenko espera un pago de US$500 en tanto que el diario ofrece US$50 y la discusión se ha centrado ya en ese campo y no en la infracción al derecho de autor.

Llama la atención como el problema es de desconocimiento puesto que el diario si hubiera incluido la información necesaria (crédito y el tipo de licencia que adicionalmente es copyleft) habría podido utilizar la foto sin problema ya que, en este caso, la licencia de Elenko incluso permitía usos comerciales también en una conclusión muy similar a la que en su momento mencioné en el caso de Mariacecita.

Published by carobotero on 22 May 2008

Semana Ingenieria de Sistemas en la Universidad Distrital

Escogiendo tema para mi trabajo de maestría terminé metida en eso de lo “abierto” y lo “libre” a través del software libre y el código abierto (Floss). Concretamente lo que hice entonces fue analizar las licencias y en el camino me entusiasmé mucho con ese nuevo desarrollo en el que eran los individuos los que innovaban dentro de un marco legal que los limitaba. Aunque ahora este ya no es el tema eje de mi interés siempre lo sigo con atención y me entusiasma, por eso me encantó que esta vez la Universidad Distrital me invitara a presentar desde mi óptica las licencias y es esto lo que haré mañana allí.

A través de las licencias del software se puede dimensionar lo que hay detrás de una pregunta que algunos nos hacemos ¿cuál es el modelo de negocio y la forma de producción del desarrollador?, y desde una óptica más práctica muchas veces en un entorno de protección y control como el de la propiedad intelectual, más allá de si “debo” pagar por el software o no, surge otra pregunta ¿qué puedo hacer yo con ese software sin meterme en líos?. Esas respuestas ya no se responden solamente con la ley, están en las licencias, pero sobre todo en su historia, en sus diferencias, y muchas veces en sus similitudes que terminan explicando la razòn de la clasificación que hacemos del software como privativo, libre o de código abierto…

Me propongo explicar a través de cinco licencias de software y su comparación en ocasiones con las CLUF (contrato de licencia para usuario final) del software privativo las diferencias entre unos y otros en un tema técnico que no es sencillo, en el que hay muchas ideas erróneas y confusiones pero que una vez se comprenden aparecen más claras las ideologías, las discusiones y los caminos que definen “cerrado”, “abierto” o “libre” y entonces entendenmos mucho de lo que sucede hoy.

Acompañen a los chicos de la Distrital en sus conferencias que serán mañana en el Auditorio Sabio Caldas (en la sede de la carrera 8 con calle 40 en Bogotá) a partir de las 8am, yo empiezo a las 8!

Published by carobotero on 12 May 2008

GPL vs Skype, gana GPL

Seguir lo que sucede en el ambiente judicial en relación con las licencias software libre siempre es interesante, la noticia esta vez es que Skype había utilizado código abierto en alguna de sus aplicaciones y se había negado a revelar el código modificado. El juez de primera instancia falló a favor de la GPL, Skype apeló y su argumento es que el Software Libre va en contra de las normas de competencia, es decir que constituye una “competencia desleal”, bien, la semana pasada Skype retiró su demanda… parece que estableció que no hay bases para tal demanda.

Lo explicaron en Barrapunto:

«Groklaw ha comunicado que Skype ha renunciado a su recurso en contra de la GPL, noticia de la que se hacían eco un gran numero de noticiarios digitales. Skype consideró apelar en base a que la licencia GPL inhíbe el libre comercio (!!), pero a los pocos minutos de reflexionar los abogados de Skype debieron darse cuenta de que sería el argumento más estúpido que se podría utilizar contra la GPL. Hace un año Skype fue condenada por violar la GPL al incluir código GPLv2 en un teléfono VoIP y negarse a distribuir el código a sus clientes. Un año después Skype presentaba su apelación tratando de demostrar que la GPL viola las leyes antimonopolio. Un completo disparate… Nos hemos enterado vía cnet.com En castellano aquí

Para más detalles den una mirada a: Groklaw o en Punto Informatico. Este último recuerda como en el pasado año se ha movido el tema de violación a la GPL en varios casos y como la mayoría se han solucionado extrajudicialmente.

Published by carobotero on 20 Dec 2007

Algunas noticias para el fin de año

Se acaba el 2007, gracias a todos los que han seguido este espacio. Llegamos al final del año, y como preámbulo a unas vacaciones quiero dejarles algunos enlaces y comentarios para seguir:

- Concurso de Hojas de Estilo CSS Internet para rendición de cuentas en los municipios colombianos: “El Programa Agenda de Conectividad del Ministerio de Comunicaciones, la Corporación Transparencia por Colombia, Colnodo, la Fundación para la Participación Ciudadana –Parcomún- (en Norte de Santander) y la Fundación Visión y Gestión Ingeniería Social (en Caldas), con el apoyo de la Agencia de Cooperación Alemana -GTZ-, están interesados en adelantar el desarrollo de nuevas hojas de estilo con el fin de ampliar las posibilidades de diseño gráfico para los sitios de los municipios, conservando la estructura de navegación y los estándares de accesibilidad Web que actualmente utilizan los sitios”. Se pide que los diseños sean presentados con una licencia Creative Commons, más información en el sitio web.

- La Universidad Nacional de Colombia, la Dirección Nacional de Servicios Académicos Virtuales junto con la Fundación Karisma realizarán el “Conversatorio sobre Educación Virtual Mòvil, Uso y aplicación de dispositivos móviles en la educación virtual”, se llevará a cabo el 22 de enero de 2008 en el Centro de Convenciones Alfonso López Pumarejo (Auditorio Anexo A, Trans 38 No. 40-04), entrada libre asì que los esperamos por allì. Más información.

- En Holanda fue el Ministerio de Hacienda el que en su Congreso promoviò un plan para migrar al sector público hacia los estándares abiertos y en el que se insta que se use software libre en este sector indicando que deberá justificarse cuando esto no sea posible. La noticia es muy interesante y se puede ampliar aquí.

- En España hay un evento que paraliza el mundo juvenil y tecnológico, se trata de Campus Party, un lugar en el que por una semana (con sus noches y días) se reunen cientos de jóvenes que llevan sus equipos para disfrutar de la experiencia de una conectividad a velocidades increíbles y experimentar actividades, conferencias y personas en torno a temas de interés vinculados con la tecnología (astronomía, juegos, robotica…). Bueno, la noticia es que en el 2008 este evento se llevará a cabo también en Brasil (febrero) y con el apoyo de Telefonica en Colombia (junio) y… yo estaré a cargo de “campus blog”, así que: ¿nos vemos allí?

Published by carobotero on 02 Dec 2007

Wikipedia: GFDL y CCBYSA ¡Compatibles!

Barrapunto trae el recuento de lo que Lessig anuncia en su blog y que desde la Fundación Wikimedia explican: FSF ha acordado hacer los ajustes necesarios a la GFDL que permita hacer compatible esta licencia con la de Creative Commons AtribuciónCompartiIgual. Cuando esto se verifique será la comunidad de wikipedia la que deberá pronunciarse para que Wikipedia “relicencie” con CCBYSA.

El tema ha tenido un importante eco en la blogosfera de gente relacionada con Creative Commons, pero seguramente lo más interesante va a ser la discusión sobre el proceso de migración que se inicie en la comunidad de Wikipedia.

Primer gran paso el que se hace en compatibilidad y un gran cambio si wikipedia relicencia, no? (gracias Jeffrey)

Next »